![]() |
Vertedero ilegal de La Dehesa, año 2014. |
El Comisionado de Transparencia da la razón a la asociación
ecologista Ossinisa, que denunció al Gobierno de Canarias por no entregarles
los informes que acreditaban la legalidad del nuevo vertedero de la Dehesa,
recientemente incendiado. La institución tiene quince días de plazo para
contestar.
Incendio vertedero de La Dehesa, agosto 2017 |
Según los ecologistas, el Gobierno de Canarias aprobó en el año
2012 la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la segunda celda de vertido
del llamado Complejo Medioambiental de La Dehesa, en la isla de El Hierro.
Dicha Autorización tenía como finalidad permitir la explotación del vertedero
bajo determinadas condiciones, destinadas a garantizar el cumplimiento de la
ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Ossinisa manifiesta que el Cabildo de El Hierro, a pesar de
obtener la AAI para la segunda celda de vertido, siguió vertiendo fuera de la
celda hasta el año 2014, enterrando todo tipo de residuos en el vertedero
ilegal que se encontraba en sus proximidades. Esta práctica ha sido condenada
recientemente por el Tribunal Europeo.
En noviembre de 2016, la asociación ecologista solicitó los
informes contemplados en la AAI de la nueva celda de vertido a la Consejería de
Política Territorial del Gobierno de Canarias. Estos debían ser remitidos por
el Cabildo de El Hierro, que hizo caso omiso a la petición, motivando la
interposición de una denuncia ante el Comisionado de Trasparencia de Canarias.
Según expone el informe de Transparencia, la queja fue
admitida en marzo de 2017, dándole un plazo de diez días a la Consejería de
Política Territorial para que aportara la documentación solicitada. Sin
embargo, la Comisión Técnica de esta consejería estimó que El Comisionado de
Transparencia no era competente para intervenir en este caso de omisión de
derecho al acceso a la información en materia de medioambiente, ya que, según
ellos, la ley 27/2006 solo da la opción de interponer un contencioso
administrativo contra el Gobierno de Canarias por omisión de
derecho.
A pesar de la negativa del Gobierno a admitir la intervención de
Transparencia, el Comisionado ha dictado una resolución estimatoria a favor de
los ecologistas herreños que corrige a la Comisión Técnica de la Consejería,
alegando que la ley que regula el derecho de información ambiental contempla
otros procedimientos de impugnación aparte del contencioso administrativo, como
es el caso de la queja presentada. Asimismo, dictamina que las directivas
europeas permiten tanto un recurso ante la misma entidad pública u otra
competente como ante una autoridad pública independiente, dejando claro que sea
un recurso efectivo, objetivo y equitativo. Del mismo modo, Transparencia
entiende que “estas características indudablemente se alcanzan mejor con una
reclamación ante una autoridad independiente que en un reexamen por la misma
autoridad que gestionó la denegación o el silencio por respuesta”.
Según El Comisionado, es un contrasentido por parte de la Comisión
Técnica de la Consejería, que los peticionarios de información ambiental no
puedan beneficiarse de las mismas garantías que los demandantes del resto de
informaciones, generando así una desigualdad en un derecho priorizado y de
máxima importancia social.